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RES/811/2015
¿Qué es la RES/811/2015?
La RES/811/2015 es una resolución emitida por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, en coordinación con la CRE y la ASEA. Define los procedimientos técnicos y administrativos para la medición y calibración de tanques de almacenamiento de petrolíferos como gasolina y diésel.
Establece cómo debe llevarse a cabo el aforo oficial de los tanques, utilizando métodos reconocidos, trazabilidad metrológica y evidencia documental que respalde el cumplimiento de los Anexos 30 y 31 del SAT.
¿Por qué es importante cumplir con la RES/811/2015?
La RES/811/2015 define estándares de calidad para combustibles en México y valida las calibraciones de tanques reportadas al SAT. Es esencial para cumplir con los controles volumétricos del Anexo 30, minimizar inconsistencias en reportes de volumen y proteger a las estaciones de observaciones técnicas o fiscales. Además, garantiza el cumplimiento normativo ante el SAT, CRE y ASEA.
Otorga reconocimiento oficial a las calibraciones de tanques registradas ante el SAT.
Es fundamental para cumplir con los controles volumétricos requeridos en el Anexo 30.
Minimiza errores e inconsistencias en los informes de volumen.
Cuida la estación de monitoreo técnico o fiscal.
Cumple con las normativas requeridas por autoridades como SAT, CRE y ASEA.
¿A quién aplica?
A todas las estaciones de servicio que:
- Deben entregar documentación válida al SAT.
- Venden y almacenan gasolina o diésel.
- Cuentan con tanques subterráneos o aéreos.
- Registran mediciones con sistemas automáticos.
¿Qué exige la RES/811/2015?
- Medición técnica de los tanques bajo métodos establecidos.
- Evidencia fotográfica del proceso de aforo.
- Tabla de aforo oficial y bitácora de mantenimiento.
- Reporte técnico con firma, sello y trazabilidad.
- Que la calibración la realice una empresa especializada y certificada.
¿Qué pasa si no cumples?
- Los reportes del Anexo 30 pueden ser rechazados por errores volumétricos.
- Puedes recibir observaciones o auditorías por parte de la CRE, SAT o ASEA.
- Existen riesgos de sanciones, multas o suspensión temporal de operaciones.
- Tus mediciones podrían no ser válidas para efectos fiscales o regulatorios.
¿Cómo te ayudamos en Gestión Ecológica y Metrología?
Con más de 6 años de experiencia, en Gestión Ecológica y Metrología te ofrecemos una solución completa y válida conforme a la RES/811/2015:
Calibración Oficial de Tanques
Realizamos mediciones técnicas conforme a métodos reconocidos, válidas ante CRE y SAT.
Evidencias y Documentación Legal
Te entregamos reportes oficiales, tablas de aforo, bitácoras, y fotografías del proceso.
Asesoría Técnica Completa
Te acompañamos paso a paso para cumplir con la normativa y facilitar tus reportes mensuales.
Capacitación al Personal
Capacitamos a tu equipo sobre el mantenimiento y revisión de tanques conforme a la normativa.
Preguntas Frecuentes sobre la RES/811/2015
¿Qué es el aforo de tanques y por qué es obligatorio?
Es el proceso técnico que determina la capacidad exacta del tanque. Es obligatorio para cumplir con los requisitos de control volumétrico del SAT y la CRE.
¿Con qué frecuencia se debe calibrar un tanque?
Se recomienda mínimo una vez al año o cuando existan discrepancias de volumen, cambios de producto, reparaciones o requerimientos de la autoridad.
¿La RES/811/2015 es válida para el Anexo 30?
Sí. Es la base técnica que da legalidad a las mediciones utilizadas para generar los archivos .txt del SAT.
¿Qué pasa si no tengo una tabla de aforo válida?
Tus reportes pueden presentar errores y ser rechazados por el SAT. Además, puedes ser sujeto de auditorías o sanciones.
¿Qué incluye la constancia que ustedes entregan?
Incluye tabla de aforo, reporte técnico con firma y sello, evidencias fotográficas, bitácora de mantenimiento y validez ante autoridades.
¿Pueden asesorarme con los requerimientos de CRE y SAT?
Sí. Nuestro equipo te guía en todo el proceso técnico, documental y normativo.
Comienza a cumplir con la RES/811/2015 hoy
Te ayudamos a mantener tu estación 100% en regla, evitando errores técnicos y fiscales.