RES/811/2015

¿Qué es la RES/811/2015?

La RES/811/2015 es una resolución emitida por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, en coordinación con la CRE y la ASEA. Define los procedimientos técnicos y administrativos para la medición y calibración de tanques de almacenamiento de petrolíferos como gasolina y diésel.
Establece cómo debe llevarse a cabo el aforo oficial de los tanques, utilizando métodos reconocidos, trazabilidad metrológica y evidencia documental que respalde el cumplimiento de los Anexos 30 y 31 del SAT.

¿Por qué es importante cumplir con la RES/811/2015?

La RES/811/2015 define estándares de calidad para combustibles en México y valida las calibraciones de tanques reportadas al SAT. Es esencial para cumplir con los controles volumétricos del Anexo 30, minimizar inconsistencias en reportes de volumen y proteger a las estaciones de observaciones técnicas o fiscales. Además, garantiza el cumplimiento normativo ante el SAT, CRE y ASEA.

Otorga reconocimiento oficial a las calibraciones de tanques registradas ante el SAT.

Es fundamental para cumplir con los controles volumétricos requeridos en el Anexo 30.

Minimiza errores e inconsistencias en los informes de volumen.

Cuida la estación de monitoreo técnico o fiscal.

Cumple con las normativas requeridas por autoridades como SAT, CRE y ASEA.

¿A quién aplica?

A todas las estaciones de servicio que:

  • Deben entregar documentación válida al SAT.
  • Venden y almacenan gasolina o diésel.
  • Cuentan con tanques subterráneos o aéreos.
  • Registran mediciones con sistemas automáticos.

¿Qué exige la RES/811/2015?

  • Medición técnica de los tanques bajo métodos establecidos.
  • Evidencia fotográfica del proceso de aforo.
  • Tabla de aforo oficial y bitácora de mantenimiento.
  • Reporte técnico con firma, sello y trazabilidad.
  • Que la calibración la realice una empresa especializada y certificada.

¿Qué pasa si no cumples?

  • Los reportes del Anexo 30 pueden ser rechazados por errores volumétricos.
  • Puedes recibir observaciones o auditorías por parte de la CRE, SAT o ASEA.
  • Existen riesgos de sanciones, multas o suspensión temporal de operaciones.
  • Tus mediciones podrían no ser válidas para efectos fiscales o regulatorios.

¿Cómo te ayudamos en Gestión Ecológica y Metrología?

Con más de 6 años de experiencia, en Gestión Ecológica y Metrología te ofrecemos una solución completa y válida conforme a la RES/811/2015:

Calibración Oficial de Tanques

Realizamos mediciones técnicas conforme a métodos reconocidos, válidas ante CRE y SAT.

Evidencias y Documentación Legal

Te entregamos reportes oficiales, tablas de aforo, bitácoras, y fotografías del proceso.

Asesoría Técnica Completa

Te acompañamos paso a paso para cumplir con la normativa y facilitar tus reportes mensuales.

Capacitación al Personal

Capacitamos a tu equipo sobre el mantenimiento y revisión de tanques conforme a la normativa.

Preguntas Frecuentes sobre la RES/811/2015

¿Qué es el aforo de tanques y por qué es obligatorio?

Es el proceso técnico que determina la capacidad exacta del tanque. Es obligatorio para cumplir con los requisitos de control volumétrico del SAT y la CRE.

¿Con qué frecuencia se debe calibrar un tanque?

Se recomienda mínimo una vez al año o cuando existan discrepancias de volumen, cambios de producto, reparaciones o requerimientos de la autoridad.

¿La RES/811/2015 es válida para el Anexo 30?

Sí. Es la base técnica que da legalidad a las mediciones utilizadas para generar los archivos .txt del SAT.

¿Qué pasa si no tengo una tabla de aforo válida?

Tus reportes pueden presentar errores y ser rechazados por el SAT. Además, puedes ser sujeto de auditorías o sanciones.

¿Qué incluye la constancia que ustedes entregan?

Incluye tabla de aforo, reporte técnico con firma y sello, evidencias fotográficas, bitácora de mantenimiento y validez ante autoridades.

¿Pueden asesorarme con los requerimientos de CRE y SAT?

Sí. Nuestro equipo te guía en todo el proceso técnico, documental y normativo.

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